Burgos: Un informe despejará si se puede exigir más dinero a la Iglesia por el IBI
Documento con fecha
viernes, 11 de mayo de 2012.
Publicado el
sábado, 12 de mayo de 2012.
Autor: J. Maiques.Fuente: El Correo de Burgos.
Zamora abrió el melón y ahora Burgos, al igual que han hecho otras capitales de Castilla y León, revisará la situación en la que se encuentran los inmuebles de la Iglesia para conocer al detalle si está cobrando correctamente el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del patrimonio que, en la capital, acumula la religión católica. Por eso, la Junta de Gobierno local encargó ayer a responsables técnicos de la Concejalía de Hacienda «un informe» en el que se precise los pagos que realiza la Diócesis por sus posesiones y, en caso contrario, las razones que motivan las exenciones o bonificaciones que motivan este trato.
El portavoz municipal, Ángel Ibáñez, apuntó que el Ayuntamiento dispone de «toda la documentación de los bienes asociados a la Iglesia en el padrón, pero quiere conocer cuál es la casuística» de sus cientos de propiedades. Se entiende, aunque no lo expuso de esta manera, por si fuera necesario corregir el cobro de algunos recibos.
En cualquier caso, el vicealcalde recordó que el Consistorio nunca ha tomado una decisión política para decidir si se otorgan bonificaciones a la Iglesia ya que este cometido ha correspondido siempre a los técnicos municipales. Estos, explicó, han trabajado con una ordenanza municipal que «prácticamente ha trasladado lo que marca la Ley estatal». Entre otras cosas, añadió, «porque los ayuntamientos tienen en este asunto poco margen de maniobra» y deben aplicar lo que les viene impuesto desde instancias superiores.
La ordenanza, tal y como reflejó Ibáñez, se limita a señalar que están exentos del pago del IBI «los bienes de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979».
El Concordato, por su parte, libera del pago de este impuesto a los templos y capillas destinados al culto, a las residencias de los obispos, de los canónigos y sacerdotes, a los locales destinados a oficinas, a los seminarios destinados a la formación del clero diocesano, a las universidades con enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas y a casas o conventos de congregaciones religiosas.
Por tanto, los inmuebles que podrían estar sujetos al pago del IBI serían, en principio, «los centros de negocio». Y ahí, aparentemente, se incluirán los colegios o centros educativos en los que la Iglesia cobra a sus alumnos por recibir sus enseñanzas. Del mismo modo, también tendrían que cumplir con sus obligaciones por aquellas propiedades que no se encuentran en ninguno de los supuestos antes enumerados. Así, la Diócesis debe pagar, por ejemplo, por viviendas u otros inmuebles que, sin ir más lejos, ha podido heredar de sus creyentes.
Sin embargo, lo cierto es que en el caso de los colegios, como en otros espacios, las cosas tampoco están tan claras. Más que nada, porque los centros educativos, por norma general, acogen en su interior una capilla. Por tanto, se enfrentaría la interpretación de un lugar que alberga un centro de negocios con la que señala que es un espacio de culto. Del mismo modo, muchos de estos edificios son, a su vez, residencia de religiosos e incluso la sede de una congregación. Supuestos, ambos, que están exentos del impuesto, tal y como queda reflejado en el Concordato.
Al igual que la revisión del IBI es de suponer, al igual que ha hecho el Ayuntamiento de Zamora, que se aprovechará para repasar cómo es de cumplidora la Iglesia con la tasa de Basuras.
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