laicismo.org El Observatorio de la Laicidad
Por un estado laico, por la libertad de conciencia
Hazte socio de Europa Laica

La asociación: Europa Laica

La autonomía de la Iglesia frente a los derechos

// El observatorio del laicismo

La autonomía de la Iglesia frente a los derechos

La Constitución tiene que prevalecer sobre las normas del Derecho canónico

Documento con fecha lunes, 18 de junio de 2012. Publicado el lunes, 18 de junio de 2012.
Autor: Marc Carrillo.Fuente: El País.

En una reciente sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado la demanda presentada por un profesor de religión católica contra España, por injerencia en la vida privada y violación de sus libertades ideológica y de expresión. Es el caso de un exsacerdote que había obtenido de la autoridad eclesiástica la dispensa de celibato y después contrajo matrimonio y tuvo cinco hijos. Durante una serie de años había ejercido como docente impartiendo esta singular asignatura en un centro público, a propuesta del ordinario eclesiástico y contratado por el Ministerio de Educación, que le abonaba el salario, de acuerdo con los vigentes Acuerdos de 1979 firmados con el Vaticano. Su labor docente gozó del beneplácito de autoridades, padres y alumnos. En años posteriores, se integró en el Movimiento pro-celibato opcional de los sacerdotes.

La presencia pública de esta asociación hizo que el diario La Verdad de Murcia, ciudad en la que ejercía como docente, informase de una reunión de ese movimiento en la que aparecía fotografiado el profesor junto a su familia. A raíz de estos hechos, el Obispo de Cartagena comunicó al Ministerio de Educación su intención de no aprobar la renovación del contrato, arguyendo que la publicidad dada a su situación personal suponía un riesgo de escándalo. El caso llegó hasta el Tribunal Constitucional que desestimó las pretensiones del profesor, con el voto particular en contra de dos magistrados.

Ahora, el Tribunal de Estrasburgo, con la opinión disidente del profesor Sáiz Arnáiz -el juez ad hoc español- ha eximido al Estado español e indirectamente a la Iglesia católica, de haber lesionado derecho alguno por el despido del docente. En su argumentación el Tribunal defiende la autonomía doctrinal institucional de la Iglesia católica en detrimento de los derechos a la vida privada, libertad de expresión y de asociación del profesor. En una línea similar, por cierto, a la sostenida en enero de este año por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos (caso Hosanna Tabor Evangelical Lutheran Church and School), en la que se afirma que exigir u obligar a una iglesia a aceptar un ministro o sacerdote no deseado interfiere la gestión interna de la misma.

La razón por la que al profesor de religión no le fue renovado el contrato laboral a instancia de la autoridad eclesiástica, fue la divulgación en un acto público de su condición de exsacerdote casado y con hijos. Una circunstancia —por cierto— que era harto conocida por la Iglesia en los años anteriores, en los que venía ejerciendo su labor docente sin impedimento. Pero para la autoridad eclesiástica, la publicidad suponía un escándalo por estar en desacuerdo con las normas de Derecho canónico, que disponen que los profesores de religión se "distinguen por su moralidad, su vida cristiana ejemplar y sus aptitudes pedagógicas" (canon 804.2).

En principio nada que objetar a tan loables virtudes personales. Ahora bien, ¿estas cualidades excluyen contraer matrimonio, vincularse a una entidad defensora del celibato opcional de los curas u opinar sobre el divorcio o el aborto? Ciertamente, si el profesor hubiese hecho proselitismo o apología de sus convicciones ante los alumnos, su comportamiento sería incorrecto, como también hubiese sido lógica la no renovación del contrato. Pero no fue el caso, sino que, simplemente, en uso de su libertad personal y al margen de la docencia, un buen día decidió casarse y otro día optó por ejercer el derecho de asociación, así como expresar sus ideas en un medio de comunicación.

Pues bien, la cuestión decisiva que este y otros casos similares plantean es si el Estado democrático puede tolerar que la Iglesia católica, como entidad privada que participa junto con el poder público de la libertad de enseñanza, pueda hacer abstracción de derechos fundamentales que como los citados son reconocidos en la Constitución. Porque la legítima garantía de la libertad religiosa de la Iglesia no puede ser concebida a extramuros de la norma suprema. Si el profesor hubiese hecho proselitismo o apología de sus convicciones ante los alumnos, su comportamiento sería incorrecto. Como el propio Tribunal de Estrasburgo ha interpretado, el derecho a la vida privada tiene también una dimensión social que ha de permitir a la persona desarrollar su identidad en ámbitos colectivos. En este sentido, los Acuerdos de 1979 con el Vaticano, por muy favorables que sean para la Iglesia y lo son, no pueden resultar un paraguas jurídico que le atribuya plena autonomía para, por ejemplo, interpretar los derechos fundamentales según las normas de Derecho canónico. No puede haber duda, la Constitución siempre será prevalente.

Porque, en efecto, el hecho de que la propuesta de un profesor de religión, según criterios morales, corresponda a la Iglesia, no exime al Estado de velar por sus derechos fundamentales, pues es obvio que no ha dejado de ser ciudadano. La propuesta no puede ser concebida como un asunto eclesiástico. No se olvide que la participación del Estado se traduce en el abono del salario con cargo al presupuesto público. Por lo que la posición de neutralidad que ha de adoptar el Ministerio de Educación no puede conducirle a lavarse las manos si un derecho fundamental es lesionado.

Marc Carrillo es catedrático de Derecho Constitucional. Universidad Pompeu Fabra





// Volver a la portada

// Volver arriba

Palabras clave

catequistas - profesores de religión Tribunal de Estrasburgo sentencias Derechos Humanos Derecho canónico Derecho

Imprimir

Imprimir Generar pdf

Compartir



Hazte socio Donaciones
Participa Agenda Contacto

Apoya nuestras campañas

Aporta tu grano de arena

FIRMA: Por una Escuela Pública Laica. ¡ Religión fuera de la escuela ! FIRMA: Por una Escuela Pública Laica. ¡ Religión fuera de la escuela !

FIRMA: Por una Escuela Pública Laica. ¡ Religión fuera de la escuela !
Apoya con tu firma la campaña POR UNA ESCUELA PÚBLICA LAICA. Religión fuera de la escuela

// ¡Apoyanos! cada grano de arena cuenta
Campaña: Que la iglesia pague el IBI Campaña: Que la iglesia pague el IBI

Campaña: Que la iglesia pague el IBI
Recogida de firmas y envío de la petición al Gobierno, al Congreso y a la Federación de Municipios y Provincias

// ¡Apoyanos! cada grano de arena cuenta
Campaña contra la financiación de las iglesias por el Estado Campaña contra la financiación de las iglesias por el Estado

Campaña contra la financiación de las iglesias por el Estado
Apoya la campaña con tu firma

// ¡Apoyanos! cada grano de arena cuenta

 

Últimas publicaciones:


Derecho a la apostasía


Proyecto de Ley de

Libertad de Conciencia


Junta Directiva de Europa Laica

Contactos

Europa Laica. Presidencia

Europa Laica. Comunicación

Europa Laica. Secretaría

Europa Laica. Tesorería

Europa Laica. Gestión socios

Observatorio del Laicismo

UNI Laica

Alicante Laico

Andalucía Laica

Asturias Laica

Madrid Laico

Valencia Laica

Alicante laico


IX Jornada Laicista

Gijón, 19 y 20 de abril 2013

Ponencias


 


Lecturas recomendadas

Pulsa sobre la imagen para ampliar la información

Libro del mes


Propuestas de trabajo y aportaciones

Propuesta de calendario laico por

Andrés Carmona Campo

Glosario Básico de Laicismo

Miguel Fernández


Enlaces de interés

Enlaces laicistas en España

Enlaces laicistas en otros países

Asociación Internacional de Libre Pensamiento

Movimiento por una Cultura Laica en El Salvador

Coalición Argentina por un Estado Laico

Foro Cívico México Laico

Instituto Laico de Estudios Contemporáneos de Chile

Asociación Uruguaya de Libres Pensadores - AULP.

Otros de interés para un laicista

Más enlaces

 


Documentos seleccionados

LAICISMO

El principio de separación entre Iglesia y Estado

Laicismo, derecho y moral

El laicismo ante las creencias y la razón

Comentarios sobre la vigencia del Concordato

FINANCIACIÓN

Financiación de la iglesia católica en España 2012

A propósito de la campaña de publicidad de los obispos en relación con el IRPF

Ceremonias de confusión por el fisco episcopal

Inconstitucionalidad del proceso inmatriculador de la Ley Hipotecaria

ESCUELA

Europa Laica denuncia que las personas que imparten religión en la escuela le cuestan al Estado más de 500 millones de euros

ABORTO - INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE)

Documento abierto de Europa Laica sobre la interrupción voluntaria del embarazo - aborto

Mujer, laicismo y moral

OTROS

Compromiso electoral por un Estado Laico


Algunas iniciativas laicistas

FIRMA para retirar los cargos de blasfemia contra Sanal Edamaruku

---------------------------------

 

Firmas contra la visita del obispo de Ciudad Real a un colegio público

--------------------------------

Actúa: Que El Corte Inglés no colabore con "el embrión el más pequeño de los hermanos"

-------------------------------

MADRID: Que se retiren los fondos públicos a las escuelas segregadas


laicismo.org