El TSJA falla en favor de un colegio religioso que pretendía ampliar el concierto en Infantil
Documento con fecha
jueves, 28 de octubre de 2010.
Publicado el
jueves, 28 de octubre de 2010.
Autor: Reyes Gómez.Fuente: El Mundo.
La enseñanza no es la misma en un centro público que en uno concertado. Es una obviedad, quizás; también una evidencia, a tenor de las sillas vacias y las listas de espera que tienen unos y otros; y, desde ahora, una realidad jurídicamente aceptada.
Una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) recoge expresamente que, "desde la perspectiva del derecho a la educación (...) no puede mantenerse que su demanda por unos padres concretos se satisfaga indistintamente en cualquier centro público o privado, ya que no todos son iguales".
En su argumentación, los jueces esgrimen el artículo 27 de la Constitución, que incluye entre los derechos fundamentales de la persona el derecho a la educación y la libertad de enseñanza reconocida a los padres en la elección de la formación religiosa y moral de los hijos de acuerdo con sus convicciones.
Pero no es éste el único matiz importante que recoge el fallo judicial, dictado en respuesta a la solicitud del colegio Inmaculada Niña de Granada -y denegada por Educación- para que se le autorizara abrir una nueva línea de Infantil, es decir, un aula más para alumnos de 3 años, otra para alumnos de 4 y una tercera para los escolares de 5 años.
La Consejería denegó la ampliación del concierto pedida por el centro concertado para el curso 2008/2009 alegando que no era necesario para cubrir las necesidades de escolarización y considerando su disponibilidad presupuestaria, es decir, falta de fondos.
No obstante, lo que sí hizo la Junta de Andalucía durante el curso anterior a que se abriera el periodo de escolarización para 2008/2009 fue invertir en crear una nueva unidad de Infantil -25 plazas- en el colegio público que se sitúa a apenas 20 pasos del Inmaculada Niña, pese a que sólo había recibido 8 solicitudes para ocupar los 25 primeros pupitres que tenía. El concertado, cuya defensa ha llevado el abogado Jesús Muñoz de Priego Alvear, recibió 52 para sus 25 plazas.
En este sentido, la sentencia -dictada el 29 de julio y notificada recientemente- viene a añadir que la demanda social es un factor que Educación ha de tener en cuenta a la hora de planificar la escolarización y que, "a diferencia de lo que ocurre ahora, la demanda social no es algo que se aplace o que se considere cuando ya están llenos los colegios públicos", según recuerdan los docentes de la concertada, que es la red de enseñanza cuya gestión es privada pero que se sustenta en parte con fondos públicos.
Exactamente, el fallo recoge que "la oferta educativa de este centro en concreto -el Inmaculada Niña- tiene una demanda entre los padres superior a los centros públicos de la zona, lo que también demuestra una demanda social del centro". Un apunte que podría tener importantes repercusiones en la jurisprudencia que este tribunal ha venido sentando en materia de conciertos educativos favorables a permitir el ejercicio de la libertad de enseñanza y que ha sido ratificada no pocas veces por el Tribunal Supremo.
Un tercer aspecto especialmente llamativo de la decisión judicial es que esta sentencia se corresponde con un supuesto de ampliación de unidades concertadas, concretamente, de toda una línea de Infantil, a diferencia de otros fallos relativos al mantenimiento de conciertos.
El fallo judicial, además, no sólo da derecho al Inmaculada Niña a concertar las tres nuevas unidades de Infantil por un periodo de cuatro años, a partir del inicio del curso 2008/2009, sino que también condena a Educación a hacer frente a las consecuencias económicas que se deriven de dicha denegación.
La patronal a la que pertenece el centro en Granada, Escuelas Católicas, ha solicitado ya una reunión con la delegada provincial de Educación para aclarar la forma en la que va a proceder dicha Delegación. No obstante, la representación letrada de la Consejería de Educación ha anunciado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra dicha sentencia.
Sin embargo, el Inmaculada Niña también ha interpuesto Contenciosos-administrativos contra las sucesivas órdenes de conciertos de los cursos siguientes, "empeñado en que se respete lo que considera su derecho a la ampliación de concierto, así como que se satisfaga el derecho de tantas familias que demandan una educación con ideario católico".
Además, otros dos colegios de Granada están a la espera de una sentencia judicial por casos similares al expuesto del Inmaculada Niña. Los concertados que reclaman más plazas, pese a todo, son más, como muestran sus protestas públicas en demanda de más conciertos.
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